este Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO CONVENIMIENTO en los términos expuestos por las partes de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, fija en tal cantidad la Pensión de Alimentos que el ciudadano: LAYA MIGUEL ANGEL, debe cumplir a partir de la presente fecha.
EL JUEZ PRIMERO TEMP.
Dr. WILMER J. PÉREZ C. La Secretaria Temp.
Lic. FANNY L. PÉREZ DE M.
Exp. Nº 06-452 (Menores).
Dr. WJPC/Lic. FDEM.
13-03-06.-