DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, intentada por la ciudadana LISETH SUSANETH OJEDA REPOSO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.323.684
SEGUNDO: Se DECRETA la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, del niño (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), al padre ciudadano RICHARD JOSE MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.255.354.-
TERCERO: Se acuerda el DERECHO DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de la madre ciudadana LISETH SUSANETH OJEDA REPOSO, compartirá con su hijo cada quince (15) días desde el día Viernes en la tarde, hasta el día domingo a las 6:00pm, carnavales con el padre, semana santa (una semana) con la madre; día del padre con el padre, día de la madre con la madre. Vacaciones Escolares, desde el quince (15) de julio hasta el quince (15) de septiembre lo pasará con la madre, en la época dece.....