DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por Cobro de Bolívares Vía Intimación, intentada por la abogada IDARGELICA PATRICIA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 15.681.386, inscrita en el IPSA bajo el Nº 134.207 con el carácter de co-apoderada judicial de la FIRMA MERCANTIL CONSTRUCCIONES PRADA C.A. en la persona de su presidente ciudadano FRANKLIN MOISES PRADA APONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.698.273, en contra del ciudadano AL HOSSIN NESSER RAMEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 22.882.899.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, según lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimient.....