se le impuso una medida de seguridad de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, y se le impuso la condición de la desintoxicación y la libertad vigilada, al folio 124 de la causa, consta informe médico, emanado del Hospital General Pablo Acosta Ortiz del Departamento de psiquiatria, suscrito por el Dr. Elio Martínez, del que se desprende que el penado no ha superado la dependencia de las sustancias estupefacientes, por lo que se acuerda mantener las medidas de seguridad, en cuanto a la desintoxicación y la libertad vigilada, por lo que deberá una vez cada mes, asistir al Hospital General Pablo Acosta Ortiz, Departamento de psiquiatria, a entrevistarse con el Dr. Elio Martínez, quien informará a este Juzgado Periódicamente sobre su evolución. Ofíciese al médico psiquiatra.
La Juez de Ejecución,
Betty Yaneht Ortiz CH.-
Fiscal del Ministerio Público,
Carlos Alberto Febres
La D.....