Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, de la demanda que por Prestaciones Sociales incoara el ciudadano OCTAVIO RAFAEL ESPINOSA BORJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 18.993.059, con domicilio en la Urbanización El Tamarindo, sector 1, vereda 61, N° 6, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure contra CHARLES JOSÉ VELAZQUEZ PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.714.203. En consecuencia, declara: PRIMERO: Que se reconoce las prestaciones sociales en la relación laboral iniciada por el ciudadano OCTAVIO RAFAEL ESPINOSA BORJAS el 15 de marzo de 2000 hasta el 26 de agosto de 2006, relación labo.....