este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor del Ciudadano: DECSON MANUEL AGUIAR RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-23.031.715, domiciliado en el Asiento Campesino Mucurita 1, sector La Piedra, Parroquia Mucuritas, del Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el Justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal, Cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno, propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), del Municipio Achaguas-Estado Apure, que le fue adjudicado, presentando Constancia de Tramitación de Otorga.....