Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DE TRÁMITE, en la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano Luís Alberto Sánchez Guevara, titular de la C.I. Nº 8.186.277, por intermedio de su apoderado judicial abogado, Alberto Luis Bolívar Guevara, inscrito en el IPSA bajo el Nº 40.222, contra el Instituto Nacional de Canalizaciones, en virtud de la negativa de acatar la Providencia Administrativa N° 017-2007, de fecha 27 de abril de 2007, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Apure, con sede en Guasdualito estado Apure.