"Por cuanto se observa inserta a la presente causa resulta de la boleta de citación que fuere librada por este Tribunal a la adolescente identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su carácter de victima, resulta esta en la cual los ciudadanos alguaciles dejan constancia de haberse entrevistado con el padre de la victima referida supra ciudadano: EDUARDO CORREA, quien se negó a recibir dicha boleta, es por lo que se acuerda notificar al ciudadano progenitor a fin de que comparezca a este despacho conjuntamente con su representada y manifieste lo que a bien tenga con respecto al presente proceso. Asimismo se acuerda fijar nueva fecha para el día 02/06/2008, a las 10:00 am. Quedan Notificadas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánic.....