Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD acordada en fecha 28 de Enero de 2007 por este Tribunal en contra del imputado JORGE ENRIQUE LINAREZ, de Nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de Ciudadanía Nº 17.548.086, natural de Puerto Boyacá, Departamento de Boyacá, República de Colombia, y residenciado en el barrio Araquita, República de Colombia, presuntamente incursa en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, se DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la ciudadana ROSMIRA MORA SANTIAGO. Se ordena libra.....