ÚNICO: Declara inadmisible, de conformidad con el literal "c" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta en fecha 12-3-2015, por la Fiscal 19° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Iesmari Mirabal, contra la decisión dictada en audiencia de calificación de flagrancia en fecha 5-3-2015, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Elke Mayaudon, mediante la cual declaró la medida cautelar prevista de fianza personal, prevista en el literal "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en contra del adolescente JOHANDER JESÚS ESPAÑA GUTIERREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-30.788.263, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado en grado de autor y porte ilícito de arma bla.....