´Visto el pedimento suscrito en fecha 08 de Mayo del 2024, por la ciudadana ANA YENIREE BETANCOURT PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.612.253, asistida por el Abg. YOBANIS SALVADOR SEGOVIA CAVIGLIONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 137.613, y observándose que en fecha 19 de Marzo del 2024, este Tribunal dictó Sentencia mediante la cual declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía a la prenombrada ciudadana con el ciudadano ROGER ALEXIS MACEA ARROYO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.590.428, por lo que se ordena su Ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Dos (02) juegos de copias de la decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva; asimismo se ordena el cierre definitivo d.....