Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Que el abogadoFRANCISCO RAFAEL ZAPATA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- V-11.758.508, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 198.650, tiene derecho a cobrar honorarios profesionales por las actuaciones señaladas en libelo de la demanda. Se acuerda la indexación monetaria mediante experticia complementaria del fallo a partir del 21 de junio de 2021, fecha de admisión de la presente demanda hasta que se encuentre firme el correspondiente informe de retasa, a fin de procurar la compensación de las cantidades adeudadas, por la pérdida de su valor real al momento en que se produzca el pago dada la devaluación del signo mo.....