PENA IMPUESTA: Trece (13) años, cuatro (04) meses, de presidio, más accesorias de Ley, establecidas en el artículo 13 del Código Penal.
DETENIDO DESDE: El 03 de septiembre de 2006 hasta el 11 de Agosto de 2009, fecha en que se dicto la Orden de Detención, capturado nuevamente en fecha 01/07/2010.
PENA CUMPLIDA: Dos (02) años, once (11) meses, veintiún (21) días, más el lapso de nueve (09) meses, nueve (09) días, doce (12) horas, el cual fue redimido en fecha 24/03/2009, danto un total de pena cumplida de tres (03) años, nueve (09) meses, doce (12) horas de presidio.
PENA POR CUMPLIR: Nueve (09) años, Siete (07) meses, veintinueve (29) días, Doce (12) horas.-
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 15 de marzo de 2020, a las 12 horas del mediodía.
FECHA EN LE PROCEDE LOS BENEFICIOS:
¼ DESTACAMENTO DE TRABAJO: 24 de Marzo de 2009 a las 12 horas del mediodía, considerando las redenciones.
1/3 REGIMEN ABIERTO: 24 de marzo de 2011 a las 12 horas del mediodía, considerando las redenciones.
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