D I S P O S I T I V A:
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandante DANIEL RIVAS SOTO, contra la sentencia de fecha 29 de Febrero del 2012, dictada por el Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se confirma en cada una de sus partes la decisión proferida por el Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 29 de febrero del 2012,
TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.