REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
194º y 145º
Por recibida y vista la solicitud de Homologación del Convenio de Pensión de Alimentos, presentada ante éste Tribunal en fecha 13-10-2.004 por la LIC. RITA DELCARMEN ACEVEDO P., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.668.101, en su condición de Consejera de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, suscrito ante la Defensoria de los Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure por los ciudadanos JESUS GREGORIO CUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.616.699, residenciado, en Montiel, Fundo Altamira, de éste Municipio, de ocupación criador y LESBIA MACEA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.936.229, anexando partida de nacimiento del niño JOEL DANIEL MACEA, dond.....