este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCION RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:
PRIMERO: Imponer el Cómputo de Ejecución de la sanción impuesta al adolescente Sancionado, Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO EN LA MODALIDAD DE VIOLACION PRESUNTA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes concatenado con el artículo 374 numeral 1° de la reforma Parcial del Código Penal, mediante la cual se le impuso al referido adolescente la Sanción de Libertad Asistida por el lapso UN (01) AÑO conforme al Articulo 620 literales d) de la Ley Orgánica Para la Protección de Niñas, Niños y Adolesc.....