DISPOSITVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada ciudadano RAMÓN DONATO LOVERA MARTÍNEZ, asistido por el Abogado en ejercicio LUIS HUMBERTO CALDERÓN SILVA
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR LA ACCIÓN DE COBRO DE BOLIVARES intentada por la ciudadana YALEDIS KARINA BELLO en contra del ciudadano RAMÓN DONATO LOVERA MARTÍNEZ. Como consecuencia de lo anterior se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia dictada por el Tribunal del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en fecha 15 de Mayo de 2009.
TERCERO: Se condena en costas recursivas al apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de .....