Por lo antes expuesto, este en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, PRIMERO: Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad de conformidad a lo establecido en los artículos 253 y 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana imputada ESTHER LAUDY MEDINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-6.010.169, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de profesión u oficio Contador Público y comerciante, residenciada en la avenida principal de Páez conjunto residencial Alto Alegre, Torre "A", piso número 4, apartamento 47 "A" de la ciudad de Caracas, Distrito Capital, teléfono Nº 0414-2443949, por la presunta comisión de los delitos de Aprovechamiento Fraudulento de Fondos Públicos y Tráfico de Influencias, previstos.....