Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los ciudadanos Axel Alexander Zapata y Henry Rafael Rondón Conde, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº.22.577.26 y Nº 18.805.075, respectivamente, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Wilfredo Chompre Lamuño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.179, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C), con fundamento en la motiva de la presente decisión.