ME INHIBO, de seguir conociendo en la causa signada con el N° IM-277-05 seguida por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, en contra del ciudadano ARISTOBULO JOSE LEGUIZAMÓN INFANTE, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana FRANCIS MONTOYA, por haber emitido opinión en la misma al momento de la celebración de la Audiencia de Presentación de Imputado en fecha 05 de Marzo de 2005, en la cual impuse al ciudadano ARISTOBULO JOSE LEGUIZAMÓN INFANTE de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad. Es por lo antes expuesto, que estimo ajustado a derecho a los fines de garantizar la imparcialidad y transparencia en el presente proceso, plantear la Inhibición en la presente causa, como efecto formalmente, atendiendo a lo previsto en el numeral 7° del artículo 86 ejusdem. En consecuencia, conforme a lo pautado en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda re.....