Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Primero: IMPROCEDENTE la solicitud relativa a negar el pago consignado por la parte accionada y se tiene como cumplida la condenatoria impuesta a los co-demandados en el particular tercero de la sentencia dictada por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas. En consecuencia se niega igualmente la prosecución de la ejecución del fallo. En cuanto al Embargo Ejecutivo practicado por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure este Tribunal se abstiene de pronunciarse hasta tanto no esté .....