Apure, extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera ajustada a Derecho la pretensión del Ministerio Público y consecuencialmente Acuerda: Declarar CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL efectuada por el ciudadano Abogado Carlos Febres, actuando en representación de la Fiscalía III del Ministerio Público, en el proceso instruido contra el ciudadano adolescente (SE OMITE IDENTIFICACIÓN. ART. 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), quien es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-18.457.140, nacido el 04-05-1.985. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez de Control,
Abg. Edgar J. Véliz F. La Secretaria,
Abg. Carmen P. Loggiodice R.