III.-DISPOSITIVA
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ESTE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ (MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Declara: "CON LUGAR" SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN Y BONOS EXTRAS a favor de los niños (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Del Adolescente), hijo de los ciudadanos ARGENIS FERNANDO BRAVO MILANO Y MIRTA CLARITZA MAVIO MARTÍNEZ, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Se establece el AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad mensual de DOS MIL BOLIVARES (2.000,00 BS).
SEGUNDO: Se establece el aumento del Bono Escolar, a la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00), en el mes de Agosto, para la compra de los uniformes y útiles escolares, descontado de las vaca.....