D I S P O S I T I V A:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la parte demandante ciudadana TRINA MARIA CEDEÑO y en consecuencia se revoca el contenido del Acta de Audiencia Única de Reconciliación de fecha 26 de febrero de 2.016
SEGUNDO: se le ordena a la ciudadana Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, fijar Audiencia Única de Reconciliación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.