Por todo lo anteriormente expuesto, esté Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Recurso de Nulidad interpuesto por los ciudadanos : Rafael Alberto González Solórzano, Gustavo Antonio Parra Martínez, Nelson Armando Hurtado, Y Jesús Abel Laya Corrales, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.322.541, 13.553.661, 11.761.203, 4.999.822, respectivamente en contra del Estado Apure.-
SEGUNDO: La reincorporación de los querellantes: Rafael Alberto González Solórzano, Gustavo Antonio Parra Martínez, Nelson Armando Hurtado, Y Jesús Abel Laya Corrales, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.322.541, 13.553.661, 11.761.203, 4.999.822 al cargo de Agente de Seguridad y Orden Público que venían desempeñando, es decir al cargo que .....