este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio; en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: EDUARDO RAFAEL RODRIGUEZ SALDEÑO Y NELLYS JOSEFINA CANCINES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-12.165.252 y V-16.272.026 respectivamente, el cual contrajeron por ante el Consejo Municipal del Municipio Biruaca del Estado Apure, en fecha cinco (05) de Marzo del año 2009, según consta del Acta de Matrimonio N° 030, acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los catorce (14) días del mes de Mayo del Dos Mil Catorce (2014). Año 204° .....