Se ABSUELVE, al ciudadano FÉLIX AEL ROJAS URRUTIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.653.027, natural de San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando del estado Apure, nacido el 21-03-1956, casado, de 59 años de edad, Dirección: Barrio Nueve De Diciembre, Callejón Caracas, Casa S/N, San Fernando Estado Apure. Profesión: Profesor Educación Integral. Hijo de: Victoria Urrutia (v) y Félix Santiago Rojas (F); de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en contra de la ciudadana NACIRA ITAMAR ROJAS GUEVARA...SEGUNDO: En consecuencia se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 109 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia...