DISPOSITIVA
Con fundamento a lo anteriormente explanado, este Tribunal Retasador Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia de Retasa con fundamento en el artículo 29 de la Ley de Abogados, en los siguientes términos:
PRIMERO: Determina y fija en la cantidad de VEINTIOCHO MIL CIEN BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 28.100,00), los honorarios profesionales que los ciudadanos FRANCISCO JAVIER ESTRADA CASTILLO, CARMEN BEATRIZ ESTRADA CASTILLO, IXORA DEL CARMEN ESTRADA CASTILLO, JOSÉ NATALIO ESTRADA CASTILLO Y HUGO RAFAEL ESTRADA CASTILLO, ya identificados, deben pagar a los abogados JOSÉ CALAZAN RANGEL RANGEL y MARISOL PÉREZ RODRÍGUEZ, por concepto de sus actuaciones judiciales en el juicio objeto de la presente causa y que fuera intentado por los ciudadanos FRANCIS.....