Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra del ciudadano CIRO ANTONIO SÁNCHEZ VEGA, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C.6.609.914, nacido en Arauca, Departamento de Arauca- Colombia el 21-05-1978, soltero, de profesión u oficio contador público, residenciado en la calle 2, Nº 9-66, Barrio El Triunfo, Municipio Cravo Norte, Arauca- Colombia, hijo de Ciro Alfonso Sánchez y Juana Leonor Vega Vargas., por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conf.....