ÚNICO: Declara no ha lugar a la pretensión interpuesta el 22-1-2018 por los Abgs. JOSELIN RATTIA COLINA, MILANYELA HERNANDEZ FARFAN y WILMER JOSE QUINTANA, Defensores de EDELXON EDUARDO MORENO ACOSTA, contra la decisión mediante la cual el 15-1-2018 la Juez 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. ROSMERY TORRES LEAL, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de materiales estratégicos, tipificado en el artículo 34 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; toda vez que el doce (12) de Julio de 2016 se dictó sentencia condenatoria en su contra.