Con base a los razonamientos precedentes, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA LA GRACIA DE CONMUTACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN EN CONFINAMIENTO, solicitada por el defensor Público Abogado Oscar Parra y ratificada por el penado JOSÉ CRISERIO GRIMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.925.459, de 27 años, natural de Guasdualito, estado Apure; quien fue condenado por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio de El Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal. Al aumentarse una tercera parte de la pena que le queda .....