este Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Acuerda: DIFERIR, la celebración del Juicio Oral y Privado, en la causa Penal, que nos ocupa seguida en contra de los adolescentes: identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 segundo parágrafo de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes, para el día 29 de Septiembre De 2008, a las 09:30 horas de la mañana en virtud del Receso Judicial aprobado por el Tribunal Supremo de Justicia, según resolución N° 2008-2004, en consecuencia se ordena librar las Boletas de Notificación al respecto a las partes. Líbrese lo conducente.- Cúmplase.
La Jueza,
ABG. DAYMAR ELENA BLANCO RANGEL.