"(...)PRIMERO: IMPROCEDENTE la Medida de Amparo Constitucional Cautelar solicitada por el ciudadano JOSÉ FIDEL HURTADO RUÍZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-12.583.281, e inscrito en el instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 148.480, contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa Nº 00015-2019, fecha veinticuatro (24) de enero de 2019, emanada de la Inspectoría del Trabajo de San Fernando de Apure.(...)"