PRIMERO: Se declara nula de conformidad con los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, la decisión dictada en este expediente por la juez accidental de este tribunal superior, abogada MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS, en fecha 01 de noviembre de 2023, cursante a los folios 535 al 537 de la Primera Pieza Principal, por cuanto dicha incidencia ya había sido resuelto mediante decisión de fecha 19 de julio de 2017, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, como consta a los folios 501 al 503 de la Primera Pieza Principal, sin afectar los demás actos procesales llevados a cabo en esta instancia superior ni condenatoria en costas procesales alguna. Y así se declara y decide.
SEGUNDO: Se aclara a las partes que a partir del día de hoy inclusive, comenzó a correr el lapso de diez (10) días de despacho para que pueda anunciarse o ejercerse lo.....