Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada por el apoderado especial de la parte demandada; SEGUNDO: Se revoca el fallo dictado por el Tribunal Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en fecha 23 de septiembre de 2003, que declaró parcialmente con lugar la demandada por cobro de prestaciones sociales, intentada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ, contra el Estado Apure.; TERCERO: Sin lugar la demanda intentada, en virtud de la prescripción de la acción; CUARTA: No hay condenatoria en costas.