este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,oo) MENSUALES, a partir del 19-10-11, por Obligación de Manutención que el ciudadano: WILLIAM JOSE RODRIGUEZ SANDOVAL, debe cumplir a favor de su hijo; por Obligación de Manutención, por Obligación de Manutención, ambos padres acuerdan compartir los gastos por medicina, calzado, ropa, útiles escolares y uniformes, el padre se compromete con un Bono de fin de Año por la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo), el Régimen de convivencia de establece a.....