Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado JUAN JOSÉ VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.649.796, quien fue condenado por la comisión del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos), cometido en perjuicio de El Estado Venezolano. En consecuencia, queda JUAN JOSÉ VILLARREAL, en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. En la debida oportunidad legal, remítase la Causa al Archivo Judicial para ser agregada a las concluidas. L.....