DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA:
PRIMERO: Se insta a la parte accionante a que amplié el cumulo probatorio, tal como lo establece el artículo 245 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se le otorga un lapso de Tres días de despacho siguientes al de hoy para el cumplimiento del particular Primero.
TERCERO: Se ordena la publicación del presente fallo en el poltal web del Tribunal Supremo de Justicia.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL
Debidamente, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en San Fernando d.....