Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declarar su Incompetencia, para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido por el ciudadano SIMEON ANTONIO MAFILITO FARIAS, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.131.322, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.528, en su carácter de Procurador Distrital del Alto Apure, contra la Inspectoría del Trabajo del Alto Apure, con sede en Guasdualito, Estado Apure, ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.-
SEGUNDO: Declinar la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Apure.
TERCERO: Ordenar remitir el expedient.....