DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones hechas tanto por la defensa, así como por el representante del Ministerio Público y en virtud de que son coincidentes en sus peticiones, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se fija el lapso de OCHENTA (80) días, a la Fiscalía Primera del Ministerio Publico de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que emita pronunciamiento. Remítanse las Actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Publico.
SEGUNDO: Prolongar la periodicidad de las presentaciones del ciudadano Tony Saúl Mujica Bolívar, a cada sesenta (60) días por ante el Área de Alguacilazgo. Ofíciese al Área de Alguacilazgo, a los fines de que tengan conocimiento de la presente decisión. Es todo. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. T.....