ÚNICO: Declara con lugar la inhibición planteada el 16-3-2015, por la Abg. BETTY YANETH ORTÍZ CHACÓN, en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, extensión Guasdualito, quien alegó como causales para separarse del conocimiento de la causa que cursaba ante el Despacho a su cargo en el expediente Nº 1C-13.046-14, las previstas en los numerales 3 y 8 del artículo 89 Código Orgánico Procesal Penal.