En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA:
PRIMERO PARCIALMENTE CON LUGAR, la Demanda de Incumplimiento Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: FRANGYL LISETTE VARGAS, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.396.823, Representando a los Hermanos, (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), debidamente asistida por la Abg. MARIA NATACHA SANCHEZ Defensor Publico Primero en el Área de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en contra del ciudadano: CARLOS HERIBERTO ROCA ZAMBRANO, Extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.151.729.-