En este estado, siendo las 6:45 horas de la tarde, en virtud de que aun faltan testigos por evacuar y visto lo avanzado de la hora, quien aquí se pronuncia estima prudente y necesario suspender la celebración de la presente audiencia oral y privada e igualmente fijar nueva oportunidad para la continuación de la misma, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: Fijar nueva oportunidad para el día 20-06-06, a las 9:30 horas de la mañana, a los fines de continuar con el debate oral y privado. SEGUNDO: Librar las citaciones correspondientes. Quedan notificadas las partes asistentes de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adol.....