: CON LUGAR la acción de DIVORCIO ORDINARIO, instaurado por el ciudadano ALEXANDER SALVADOR MARQUEZ CABURUCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.242.916 y de éste domicilio, en contra de su legitima cónyuge ALICIA JOSE FINA DOMINGUEZ REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.433.354 y de éste domicilio, por cuanto demostró la Causal Tercera del Artículo 185 del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial que los unía contraído por ante la Prefectura de San Fernando, Estado Apure.- Y ASÍ SE DECIDE.-