En consecuencia, este Tribunal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del estado Apure con sede en San Fernando de Apure, procede a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, la extinción de la acción penal por la muerte del acusado, por el delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal venezolano vigente, que se seguía al acusado Ronald Yamal El Hinnaqui González, venezolano, mayor de edad, soltero obrero, chofer, natural de esta ciudad, hijo de Coromoto González (v) y Nasser El Hinnaqui (v), titular de la Cédula de Identidad N° 21.004.752, por el delito de robo agravado en grado de complicidad necesaria, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 84 ordinal 3ª del Código Penal vigente, en perjuicio de Manuel Gerónimo Solórzano; pronunciamiento hecho de conformidad con el artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, muerte generada en razón de la anemia.....