PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 20 de octubre de 2003, interpuesta por el abogado WINDIO ARACAS PULIDO, con el carácter acreditado en los autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Con Lugar la demanda que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano EDGAR JOSE GONZALEZ RAMIREZ, identificado en los autos y asistido de abogado, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar a la parte demandante la cantidad de Diez Millones Trescientos Sesenta y Ocho Mil Setecientos Veinticuatro Bolívares con Cuarenta y Ocho Céntimos (Bs.10.368.724,48), por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales, discriminados de la siguiente manera:
¿ Diferencia de Sueldo Bs.5.119.423,62
¿ Antigüedad Art. 108 LOT Bs.4.565.474,00
¿ Vacaciones Fraccionadas .....