Ahora bien, quien aquí decide, considera que el error material denunciado afecta el Fondo del Acta en cuestión, toda vez que se refiere a la errónea transcripción del nombre del padre de la presentada, habiéndose escrito "Ramón Obeido", siendo lo correcto "ASSAD HASSAN OBEID AKEL", lo cual dio cumplimiento a lo establecido en el Numeral 8º del Articulo 93 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Visto que el error material denunciado amerita la tramitación de la RECTIFICACION DEL ACTA, por vía Judicial, visto que a través de los elementos probatorios promovidos durante el presente proceso se ha logrado determinar que es cierto el error denunciado, y que en base a lo solicitado, lo correcto es estampar una nota marginal en el Acta de Nacimiento N° 1.838, de fecha 29 de diciembre del año 1966, de los Libros de Nacimientos llevados por la Prefectura del antes Distrito San Fernando, durante el año 1966, inscribiendo de la siguiente manera: "ASSAD HASSAN OBEID AKEL", el nombre del padre de la.....