Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, Impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGARel Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad conjuntamente al initio con solicitud de acción de Amparo Cautelar, Interpuesto por el ciudadanoISAIAS RAMON ARIAS HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.622.235, debidamente asistida al initio por el abogado en ejercicio José Gregorio Trejo Figueredo, venezolano, mayor de edad, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 80.629, y posteriormente representada por las Abogadas Victelia Mavel Rodríguez de Maldonado y Abrahanny Maldonado, ambas inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 109.744 y 184.643 resp.....