En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR el otorgamiento del Beneficio de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (DESTACAMENTO DE TRABAJO) al penado YOVANNY MOLINA DUART, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-8.107.713, por no estar llenos lo extremos exigidos para el otorgamiento de dicha fórmula, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Trasládese al penado a los fines de imponerlo de la presente decisión. Publíquese, regístrese, diarícese. Cúmplase.
Yuli Bali Arvelo
Juez Primero de Ejecución
La Secretaria
Abog. Maria Gabriela Ferrer
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede
La S.....