Se dictó sentencia que declara CON LUGAR: LA GRACIA DE CONFINAMIENTO, por el lapso de: TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y CINCO (05) DIAS solicitada por el penado RAMON CELESTINO PARRA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.628.259. actualmente recluido en el Internado Judicial de San Fernando de Apure, Quien cumple sentencia firme dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del estado Apure en fecha: 17 de junio de 2009 condenándolo a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS, DE PRISION, por la comisión del Delito de VIOLACIÓN AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal venezolano, y articulo 16 del Código Penal. todo de conformidad con lo establecido en los artículos 52,53 y 56 en concordancia con el artículo 100 del Código Penal, 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 1 y (67) 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
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